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SAN RAFAEL PROHIBIÓ LA PROMOCIÓN CALLEJERA DE ALOJAMIENTOS

Dados los inconvenientes surgidos en las inmediaciones de la Dirección de Turismo de San Rafael por la oferta pública de los alojamientos turísticos formales e informales y que constituyen una competencia desleal y que esta modalidad de comercialización resulta similar a la venta ambulante con el notorio desmejoramiento de la imagen del departamento por la cual se debe velar y proteger y, que dicha oferta pública se realiza en los espacios físicos municipales y que la Municipalidad tiene ingerencia especifica sobre el uso de los espacios públicos y la obligación de impedir que sean utilizados en desmedro de los contribuyentes y en algunos casos no adecuados para el turismo, por lo expuesto el Secretario de Gobierno resolvió:

ARTICULO 1: Prohíbase la oferta pública de alquiler de habitaciones e inmuebles de uso turístico en los espacios públicos.

ARTICULO 2: Por la Dirección de Inspección General procédase en asocio con la Dirección de Turismo a notificar a los vendedores ambulantes como también a los propietarios de los inmuebles el contenido de la presente resolución.

ARTICULO 3: Sanciónese con multas las infracciones , según la ordenanza tarifaria en vigencia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 







 

 
Mendoza
Miércoles, 20 de Agosto de 2008
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